Toluca, Méx.- El Congreso del Estado de México pidió a las secretarías de Salud y de Educación del gobierno estatal a informar qué medidas han implementado para prevenir y atender el suicidio entre la población y educandos de la entidad, así como las cifras actualizadas sobre este tema
Además, solicita a la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM), dé a conocer las cifras de suicidios consumados de acuerdo a las carpetas de investigación cerradas en esta materia a fin de deducir las cifras negras de este tipo de casos.
Conforme al punto de acuerdo impulsado por María Elida Castelán Mondragón, en el Estado de México los casos de suicidio se incrementaron 55 % de 2010 a 2020, al pasar de 537 casos a 832; uno los mayores desafíos de los mexiquenses durante la pandemia ha sido el control de las emociones.
Prisión por sustracción internacional de menores
Viridiana Fuentes Cruz propuso reformas al Código Penal del Estado de México para imponer hasta 12 años de prisión al padre o la madre que se apodere de su hijo menor de edad, o familiares hasta el cuarto grado, sin tener la guarda y custodia del menor o incapaz que viva en la entidad, además de que lo sustraiga, retenga u oculte fuera del Estado de México o fuera del territorio nacional.
Pide penas de cinco a ocho años de prisión en contra del padre o la madre que se apodere de su hijo menor de edad o familiares hasta el cuarto grado, que participen en el apoderamiento, respecto del cual no ejerza la patria potestad o la custodia, ya sea provisional o definitiva, privando de este derecho a quien legítimamente lo tenga, o a quién aún sin saber la determinación de un juez sobre el ejercicio la patria potestad o la custodia, impida al otro progenitor ver y convivir con el menor, además de que en ambos casos estas conductas se perseguirán de oficio.
La iniciativa precisa que cuando el sujeto activo devuelva espontáneamente al hijo menor de edad dentro de las 24 horas siguientes a la comisión del delito de retención o sustracción de menores o incapaces, se le impondrá hasta la mitad de las sanciones señaladas para esos delitos, sin perjuicio de las penas que correspondan por la comisión de otros ilícitos durante el tiempo que haya durado la sustracción.
Además, que, al padre o la madre que se apodere de su hijo menor de edad se le inhabilite para el ejercicio de la patria potestad por un periodo de tres a 10 años.

