Descuentos en predial y agua

Toluca, Méx.- El Congreso local aprobó que los gobiernos municipales puedan otorgar condonaciones y descuentos en el pago del predial y agua potable, en las regularizaciones por estos servicios, así como en el predial para quienes posean inmuebles que acrediten el manejo integral de residuos sólidos urbanos.

De acuerdo con la Ley de Ingresos de los Municipios Estado de México, el pago anual anticipado de predial cuando sea en una sola exhibición dará lugar a un descuento de ocho, seis y cuatro por ciento, durante enero, febrero y marzo, respectivamente; además de un estímulo adicional a los contribuyentes cumplidos en los últimos dos años de ocho por ciento durante enero; seis por ciento en febrero y dos por ciento en marzo. Para ello, la autoridad fiscal podrá consultar en los registros que obran en el histórico de pagos electrónicos o mediante la solicitud de los comprobantes de pago.

Respecto a los servicios de agua potable, se estableció una bonificación de ocho, seis y cuatro por ciento enero, febrero y marzo, respectivamente, cuando el pago anual anticipado sea en una sola exhibición, mientras que por pago cumplido en los últimos dos años el descuento adicional es de cuatro por ciento durante enero y dos por ciento durante febrero.

En los casos de suministro de agua potable con medidor, la autoridad fiscal recibirá el pago anual anticipado sobre el promedio anual del ejercicio fiscal anterior aplicando las bonificaciones señaladas. No obstante, al finalizar el sexto bimestre se determinará el total de metros cúbicos consumidos, para lo cual, si existiera un mayor número de metros cúbicos suministrados que los pagados de forma anualizada, se notificará al contribuyente la diferencia para que cumpla con el pago correspondiente dentro de los primeros 17 días posteriores a la notificación.

Respecto a las regularizaciones para el pago de impuesto predial, el Congreso mexiquense aprobó bonificaciones de hasta 100 por ciento respecto a ejercicios fiscales anteriores y de los accesorios legales causados para quienes busquen la regularización de la tenencia de la tierra y para poseedores de predios destinados a actividades agropecuarias, acuícolas y forestales.

Además, para los propietarios o poseedores de inmuebles destinados a casa habitación se estableció un 50 por ciento de bonificación en la regularización de pagos por impuesto predial y de los derechos por los servicios de suministro de agua potable, drenaje y alcantarillado.

Con el objetivo de cuidar el medio ambiente, se precisó que los ayuntamientos podrán otorgar bonificaciones hasta 10 por ciento en el pago del impuesto predial, siempre que el contribuyente acredite el manejo integral de residuos sólidos urbanos o la práctica de acciones de impacto dirigidas a la sostenibilidad del medio ambiente, conforme a lo previsto por las disposiciones que rigen la materia, previa emisión del dictamen de procedencia emitido por la unidad administrativa municipal encargada de medio ambiente o ecología.

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