Toluca, Méx.- El Congreso mexiquense aprobó multas de hasta 339 mil 420 pesos a quien otorgue, de forma gratuita, productos plásticos de un solo uso en unidades económicas, excluyendo bolsas o contenedores que constituyan un empaque primario, que prevengan el desperdicio de bienes o que por cuestiones de higiene o salud se requieran, así como bolsas de acarreo que cumplan con las disposiciones jurídicas aplicables.
La autoridad administrativa ponderará circunstancias como las condiciones económicas, sociales y culturales del infractor, y la reincidencia.
El dictamen indica que, además de las sanciones, se hará acreedor a la clausura temporal o definitiva, parcial o total de los establecimientos, o la cancelación temporal o definitiva, parcial o total de las autorizaciones de aprovechamiento o uso de la inscripción registral o de las actividades de que se trate las personas físicas o jurídicas colectivas.
Se define a los plásticos de un solo uso como plásticos diseñados para ser usados por una sola vez, que no están sujetos a un plan de manejo obligatorio y que no son reutilizables, reciclables, compostables, ni son susceptibles de valorización o aprovechamiento, los cuales serán determinados con sus características de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
También se prohíbe el uso de plásticos que no sean biodegradables o reutilizables en oficinas públicas, instituciones educativas públicas y privadas.
Los ayuntamientos llevarán a cabo las adecuaciones normativas para instrumentar mecanismos de inspección y vigilancia correspondientes, y sustituir gradualmente plásticos de un solo uso en las oficinas públicas.
La Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible establecerá las acciones y medidas para la sustitución gradual de plásticos de un solo uso que se utilicen en las oficinas de la administración pública estatal y no sean biodegradables, y señalará los productos susceptibles de sustitución.
