Indulto puede decretarse en todo momento

Caracas, Venezuela.- Jylman Red Jurado, obispo ordinario y de los Derechos Humanos para Venezuela, señala que al decretarse la figura de indulto, la medida implica la liberación inmediata del sujeto beneficiado, sin importar la etapa procesal en la que se encuentre.

A través de redes sociales explica que de acuerdo con el artículo 29 del Código Orgánico Procesal Penal se establece que “Decretado el indulto, o verificados por el Juez o Jueza los supuestos de la amnistía, en cualquier estado y grado del proceso o del cumplimiento de la pena, se extinguirá la acción penal o la pena y cesará cualquier medida de coerción personal. El indulto produce la libertad inmediata del privado de libertad si fuera el caso”.

Red Jurado menciona que una vez otorgado el indulto presidencial, la forma procesal para cesar la persecución penal es mediante la interposición de la excepción establecida en el artículo 28 numeral 6 del Código Orgánico Procesal Penal.

Y es que ese artículo señala que el indulto, como excepción, puede interponerse en cualquier fase del proceso, de tal forma que queda entendido que no necesariamente se puede indultar a un penado, sino a cualquier investigado o imputado.

Mientras que el artículo 29 refiere que una vez decretado el indulto, se extinguirá la acción penal o la pena y cesará cualquier medida de coerción personal.

Jylman Red Jurado.

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