Nezahualcóyotl, Méx.- Han pasado tres años de que Ángela fue víctima de una tentativa de feminicidio; el Ministerio Público ocultó el expediente por más de un año y ahora la jueza de control de la jurisdicción de Nezahualcóyotl, Maricruz Yasmín Hernández López, rechazó pruebas que su abogada presentó.
“Lo que nos dijo la jueza es que nuestros peritajes tenían una fecha posterior al cierre de investigación, por tanto, estaban ofrecidas en contraposición a disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, por lo tanto, tenían que ser excluidas”, comentó Ximena Ugarte Trangay, abogada del Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia y representante legal de Ángela.
La decisión de la jueza violenta lo marcado en la ley, y es que “las víctimas tienen derecho a ofrecer pruebas en cualquier momento del proceso”.
En entrevista comentó que, al momento de cerrar el periodo de investigación, el único que está impedido para continuar con esas tareas es el Ministerio Público.
“Esto es algo que no incluye a la asesoría jurídica, porque la propia Constitución, la Ley General de Atención a Víctimas, y tratados internacionales dicen que las víctimas pueden ofrecer pruebas en cualquier parte del proceso”, explicó.
Ugarte Trangay insiste que el mismo Código Nacional de Procedimientos Penales, al que hace alusión la jueza, señala los motivos para la exclusión de una prueba: tiene que ser impertinente, sobreabundante y ser obtenida mediante violación a derechos humanos.
“Cada una de las pruebas que nosotros estamos ofreciendo son pertinentes porque van con el caso y fortalecen la teoría de que estamos frente a una tentativa de feminicidio; no son sobreabundantes porque fortalecen pruebas de la Fiscalía; y mucho menos se obtuvieron con violación a derechos humanos”, señaló.
Con estas bases, la abogada insiste que no hay motivo alguno para que esas pruebas no sean tomadas en cuenta.
La agresión ocurrió el 6 de marzo de 2022. Desde esa fecha, Ángela ha tenido que enfrentar algunas irregularidades en el proceso, que van desde la desaparición del expediente, por un año, por parte de un Ministerio Público adscrito a la Fiscalía de Nezahualcóyotl; retraso de actos de investigación; intento de la defensa del agresor para reclasificar el delito como violencia familiar y lesiones, y que la jueza Maricruz Yasmín Hernández López aceptó pruebas de la defensa que no debían ser consideradas.
“A la defensa le subsanó un error en el ofrecimiento probatorio, esto es, la defensa ofrece un peritaje que hace a través de una persona que no tenía que haber ofrecido, que no tenía que haberla desahogado, y la jueza dice durante la audiencia, ‘como no quiero dejar sin peritajes ala defensa, le subsano esta situación y a la defensa si le admito todas sus pruebas’, y para nosotras, simplemente nos dijo que las ofrecimos fuera del cierre de investigación, por tanto se las excluyo”, explicó la abogada.
Ante esta situación, Ugarte Trangay pide que haya un trato procesal con los mismos derechos y obligaciones para la defensa como para la víctima.
“Contrario a ello, la jueza si da una protección mucho más favorable al agresor y deja en un estado de indefensión y de desigualdad procesal a la víctima, que nos parece que es lamentable cuando hay tantos avances en el derecho victimal”, reiteró.
Este proceso ha sido largo porque las autoridades siguen sin reconocer que ante hechos tan violentos, que tratan de privar de la vida a una mujer, siguen tratando de clasificarlo de otra manera, como violencia familiar o lesiones.
En este momento el agresor enfrenta el proceso bajo la medida cautelar de prisión justificada, que fue dictada por el juez de Control que conoció del caso en un principio, bajo el argumento de que podría sustraerse de la acción de la ley y representaba un peligro para la víctima y testigos.
