Migración no persigue delitos

Ciudad deMéxico.- La Cámara de Diputados aprobó modificaciones al artículo 93 de la Ley de Migración, para que el Instituto Nacional de Migración (INM) solicite información al Ministerio Público sobre las denuncias formuladas en contra de los extranjeros por la presunta comisión de delitos solo para efectos de control, verificación o revisión migratoria.

Cuando los particulares presenten denuncias ante el INM, este deberá informar a los particulares que no es la autoridad competente para conocer y enviará de forma inmediata al interesado ante la autoridad adecuada para que presente la denuncia correspondiente.

La presidenta de la Comisión de Asuntos Migratorios, Julieta Kristal Vences Valencia, señaló que se busca evitar posibles errores de interpretación que ocasionen conflictos por invasión de competencias, para precisar la facultad de control, verificación y revisión del INM.

El Instituto no tiene funciones ministeriales y policiales, ni recibir e investigar denuncias penales, que son exclusivas del Ministerio Público, añadió.

“Ninguna autoridad migratoria debe contar con la facultad en materia de persecución de delitos, así sean cometidos por migrantes en situación irregular, en tanto que se trata de una obligación exclusiva de las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia”, aclaró.

Vences Valencia mencionó que la naturaleza jurídica del INM no le permite facultades de investigación tratándose de la posible comisión de un acto delictivo y mucho menos con actividades jurisdiccionales, ya que existen órganos para tal efecto.

Óscar Rafael Novella Macías, de Morena, precisó que este dictamen abonará a dar certeza jurídica a las y los migrantes que se internen al país.

Mientrasque Ana Patricia Peralta de la Peña comentó que las reformas derivan de la necesidad de evitar posibles errores de interpretación que provoquen conflictos por invasión de competencias, entre el INM y el Ministerio Público.

Julieta Vences.

Te interesa