Proteger a niños y adolescentes de la calle

Ciudad de México.- La Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia analiza una iniciativa para proteger a niños y adolescentes en situación de calle, ya que no asisten a la escuela, no poseen documentos, se alimentan de las sobras de los restaurantes o basura y duermen en las calles o plazas.

La diputada Leticia Díaz Aguilar señala que esta población se expone a robos, violaciones, prostitución, consumo de drogas, desnutrición, accidentes, enfermedades, asesinatos, trata de personas, explotación y pederastia, por lo que quedan a merced de la delincuencia.

Menciona que no se tiene actualizado un censo en el ámbito nacional de la niñez y adolescencia en situación de calle; existe el Censo de Población y Vivienda 2010 contabilizó a mil 23 niños y adolescentes en albergues o dormitorios públicos.

Por su parte, el Censo de Alojamientos Colectivos de Asistencia Social identificó 39 albergues para personas en situación de calle que alojaban a 360 niños y adolescentes. Por ello, se debe contar con información precisa para conocer la cantidad, identidad, condiciones y trayectoria de vida de esta población, y que el Estado se encuentre en posibilidad de generar un cambio en la vida de dicho sector.

Díaz Aguilar precisa que en 2017, en la Ciudad de México existía el registro de 207 menores de edad en situación de calle, de acuerdo con la Secretaría de Desarrollo Social. Pero esa cifra es inexacta, porque uno de los principales problemas es la metodología, por las características de movilidad de quienes viven en la calle, y lo complejo que puede ser entrar a los lugares en donde pernoctan.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) señala que los factores causantes de que los niños, niñas y adolescentes estén en la calle son: desintegración del entorno familiar; conflicto armado; pobreza extrema; abusos físicos y sexuales; explotación infantil; desplazamientos por emigración; urbanización y crecimiento descontrolado de suburbios; analfabetismo (falta de educación y cultura).

También catástrofes sociales (corrupción, mala gestión de recursos); catástrofes políticas (guerra, conflicto civil, conflicto étnico); catástrofes naturales (sequías, inundaciones, terremotos); colapso económico (pérdida del hogar, padres, familia, educación); desempleo; abuso de drogas y alcohol; enfermedad y ausencia de atención sanitaria; o muerte del progenitor.

Por ello, plantea reformar las fracciones XIX y XX del artículo 13 y adicionar la fracción XXI del propio artículo, así como incluir el capítulo vigésimo primero, denominado “Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Calle”, al título segundo que comprende los artículos 101 Ter, 101 Ter 1, 101 Ter 2 y 101 Ter 3 a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Su finalidad es establecer que los niños y adolescentes en situación de calle son los que tienen vínculos familiares débiles o inexistentes, rotos por inestabilidad o desestructuración familiar, que hacen de la calle su hábitat principal y desarrollan en ella estrategias de supervivencia.

Leticia Díaz Aguilar.

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