Ciudad de México.- La Cámara de Diputados aprobó diversas reformas a su marco jurídico para regular el trámite de los asuntos que pasan de una Legislatura a otra, a fin de que sean procesados en los términos reglamentarios y garantizar la proporción entre la conformación del Pleno y las comisiones.
El 20 de abril de este año se aprobó adicionar al Reglamento de la Cámara de Diputados un título décimo denominado “De los asuntos que pasan de una legislatura a otra”, que comprende los Capítulos I «De las iniciativas y minutas» y Capítulo II «De los dictámenes en poder de la Mesa Directiva». La reforma se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de abril de 2021.
Estableció que las iniciativas cuyo plazo para ser dictaminadas y/o resueltas haya vencido y que no fueron procesadas durante la legislatura saliente, quedarán bajo resguardo de la Secretaría de Servicios Parlamentarios hasta el término del primer periodo ordinario del segundo año de ejercicio de la legislatura entrante.
La Secretaría de Servicios Parlamentarios, al finalizar la Legislatura saliente, publicará el listado respectivo en la Gaceta, así como en un micrositio de la Cámara de Diputados.
La diputada o diputado electo para un periodo consecutivo que haya sido iniciante en la Legislatura anterior, los grupos parlamentarios a través de su coordinador o coordinadora, o la junta directiva de las comisiones ordinarias en ejercicio, podrán solicitar a la presidencia de la Mesa Directiva que se turne una o varias de las iniciativas que se encuentren en el listado referido. Estas iniciativas serán turnadas a las comisiones correspondientes y serán procesadas en los términos reglamentarios.
Las iniciativas que no fuesen solicitadas para ser turnadas a la o las comisiones correspondientes durante el primer periodo ordinario del segundo año de ejercicio de la Legislatura entrante, se tendrán por desechadas y se archivarán como asuntos total y definitivamente concluidos.
Las minutas, cuyo plazo para ser dictaminadas y/o resueltas haya vencido, que no fueron procesadas durante la Legislatura y que tengan una antigüedad mayor a dos legislaturas, se integrarán en un listado elaborado por la Mesa Directiva que será hecho del conocimiento del Pleno de la Cámara y comunicado a la colegisladora para recabar su acuerdo respecto a su desahogo en términos de lo dispuesto por el artículo 72 constitucional.
La Secretaría de Servicios Parlamentarios, al finalizar la Legislatura, elaborará un listado con las iniciativas y minutas que no hayan sido dictaminadas y/o resueltas y cuyo plazo continúe vigente, el cual será remitido a la Mesa Directiva de la Legislatura entrante para su publicación en la Gaceta.
Las iniciativas y minutas que no hayan sido dictaminadas y/o resueltas y cuyo plazo continúe vigente que sean recibidas por la Legislatura entrante, serán turnadas a las comisiones correspondientes una vez que hayan sido instaladas para efecto de que sean procesadas en los términos reglamentarios.
Los dictámenes de iniciativas, minutas y puntos de acuerdo que se encuentren en poder de la Mesa Directiva serán devueltos a las comisiones correspondientes en calidad de proyectos, las cuales deberán elaborar un acuerdo dentro del primer mes de sus trabajos a partir de su instalación donde señalen qué proyectos serán desechados y cuáles serán procesados para su nueva discusión.
En caso de que un proyecto de dictamen corresponda a comisiones unidas, la comisión que encabeza el turno será la encargada de realizar el acuerdo señalado en el numeral anterior.

