Revisar evolución de la prisión preventiva oficiosa

Ciudad de México.- Durante el foro “Armonización de la Prisión Preventiva Oficiosa”, en el Palacio Legislativo de San Lázaro, la presidenta de la Comisión de Justicia, María del Pilar Ortega Martínez, explicó que el plazo para tener la legislación secundaria derivada de la reforma al artículo 19 Constitucional sobre la ampliación del catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva, “ya está vencido”.

“Se venció en el periodo de receso, de tal manera que la intención de la Comisión es que, una vez que se estableció con la Mesa Directiva una ruta de trabajo para efecto de generar la legislación, se tuviera un encuentro como éste”.

Detalló que el Congreso de la Unión tendrá que revisar la evolución de estas nuevas medidas de prisión preventiva oficiosa y reflexionar en torno a la manera en que las normas se van a plasmar en la legislación secundaria; es decir, cuáles son los ajustes que tendrá en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

“Veremos si a partir de la llegada de esta norma efectivamente las cosas cambian en materia de procuración de justicia, sobre todo en el tema que más anhelan los mexicanos, que es la seguridad y que estos delitos disminuyan”.

Mariana Rodríguez Mier y Terán, secretaria de la Comisión, aseguró que ampliar el catálogo de delitos proclives de prisión preventiva oficiosa no será suficiente hacia la pacificación del país.

“Desde que se inició con este sistema ha habido una lista de delitos que está considerada y que contempla el 19 constitucional, pero que lejos de haber descendido se han incrementado”, enfatizó.

Puntualizó que no únicamente va en contra de los tratados internacionales de los que México es parte, sino que ya hay una solicitud expresa de las Naciones Unidas de omitirla de nuestra legislación. “El tema no es aumentar o no el catálogo de delitos, sino la manera en que lo estamos enfrentando”.

Óscar Langlet González, coordinador de asesores del fiscal General de la República, indicó que para la institución la prisión preventiva oficiosa representa un elemento de vital importancia en la impartición de justicia, como medida cautelar excepcional de la privación de la libertad sujeta a proceso penal.

Explicó que se identificaron los acuerdos reparatorios en aquellos delitos que las propias leyes lo permiten como un elemento fundamental del sistema penal acusatorio. Uno de los requisitos establecidos para celebrarlos es la no privación de la libertad, aclaró.

María del Pilar Ortega Martínez.

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