T-MEC y reforma eléctrica

Ciudad de México.- El abogado general de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Raúl Jiménez Vázquez, indicó que la reforma constitucional planteada por el gobierno federal cumple con una responsabilidad política, social, jurídica e histórica de orden superior.

Detalló que en el capítulo 8, relativo al rubro de la energía, se establece que: “México se reserva su derecho soberano de reformar su Constitución y legislación interna”, esto significa que la propuesta constitucional no está constreñida por el ámbito de aplicación de materia del T-MEC.

Resaltó que el tema de los energéticos no forma parte ni del capítulo 8 ni de ninguno de los capítulos del T-MEC; el tema energético está fuera del tratado.

Ana López Mestre Martínez, directora General en American Chamber of Commerce of México, señaló que “lo que nos preocupa de la iniciativa es que afectaría la confianza de los inversionistas, comprometería la transición energética y la integración de las cadenas de suministro de Norteamérica y que sí se contrapone a los compromisos que México ya adquirió en el T-MEC”.

“La reforma cancela antes de su vencimiento, permisos y contratos sobre los cuales se hicieran inversiones muy importantes, esto no sólo genera desconfianza entre los inversionistas, sino que afecta legalmente los derechos de las partes”, consideró.

Indicó que esta reforma contraviene el principio de trato no discriminatorio entre empresas del Estado y el resto del mercado, cancela contratos y cambia las reglas establecidas, lo que en términos del T-MEC constituye una expropiación indirecta, afecta el principio de libre competencia y prevención de prácticas monopólicas al asimilar y debilitar a los órganos reguladores y pone a México ante el riesgo de enfrentar litigios internacionales porque el T-MEC incluye herramientas para proteger a los inversionistas y hacer cumplir las obligaciones de todas las partes.

Almudena Otero de la Vega, abogada del departamento de Arbitraje de la CFE, dijo que la reforma constitucional es compatible con las obligaciones del T-MEC.

Puntualizó que no tiene efectos discriminatorios ni favorece a inversiones de un país en particular, por lo que éstos tienen las mismas circunstancias independientemente de su nacionalidad.

“Los inversionistas extranjeros cuentan con las mismas oportunidades para generar electricidad y competir en el mercado que los privados mexicanos. Ambos están en circunstancias similares para competir en el 46 por ciento disponible en la inversión privada y se les aplicará el mismo marco jurídico”.

Kenneth Smith Ramos, ex jefe de la negociación técnica para T-MEC y socio en AGON-Economía, Derecho, Estrategia, indicó que la reforma como está redactada es violatoria del T-MEC y podría haber represalias comerciales y demandas multimillonarias en contra del país.

Refirió que el capítulo 8 de ninguna manera otorga a México un cheque en blanco para violar el Tratado, a través de cambios constitucionales.

Mencionó que solo se permiten excepciones al cumplimiento de lo que está plasmado en el Tratado, si en éste se establecieron reservas específicas, llamadas medidas disconformes donde se hace una excepción a la aplicación de tratados; si México no solicitó excepciones específicas adicionales, entonces no se puede acotar el espacio para que el sector privado participe en actividades productivas en el sector eléctrico.

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