Ciudad de México.- El representante en México de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Jan Jarab, afirmó que, desde la perspectiva de los estándares internacionales, la prisión preventiva oficiosa es violatoria de los derechos humanos.
Consideró que “el Congreso debería estar dando pasos decididos en dirección opuesta; más que discutir la eventual extensión, tendría que estar planteando la eliminación de ese tipo de reclusión”.
Al participar en la Mesa 2 “Seguridad, justicia y prisión preventiva oficiosa”, de las audiencias públicas sobre este tema, explicó que el planteamiento no es derogar la prisión preventiva justificada, ni dejar a todas las personas imputadas libres, pero hay que entender que la prisión oficiosa es automática, obligatoria y supone la privación de garantías procesales básicas.
Añadió que este tipo de reclusión aumenta el riesgo de tortura y no abona a superar la impunidad.
“El denominador común de la arbitrariedad y del encarcelamiento injusto de inocentes es la mala investigación, y es importante señalar que esta medida no abona a que la indagación mejore”.
Jan Jarab dijo que determinar la prisión preventiva oficiosa sólo depende de la autoridad investigadora y de cómo califica el supuesto delito; es decir, decide si el imputado va a pasar largo tiempo recluido en espera de sentencia. Sin embargo, en un Estado de derecho, es el Poder Judicial el que tendría que resolver, de manera individual, si el imputado debe ser privado de su libertad bajo criterios de legalidad y proporcionalidad.
Agregó que la impunidad en México coincide con la alta presencia de personas inocentes que esperan su liberación de las cárceles, y no pueden aguardar su sentencia en libertad, porque el delito que se les imputa –en muchas ocasiones de manera indebida– está en la lista de prisión preventiva oficiosa.
Recomendó estipular en la Constitución un catálogo de delitos en los que el Ministerio Público tenga la obligación de solicitar la prisión preventiva.
Maricarmen Color Vargas, investigadora de la Comisión Mexicana y Promoción de los Derechos Humanos, coincidió en que esta práctica es ilegal y arbitraria, por lo que no debe ser oficiosa, sino que debe mediar en su aplicación la racionalidad y la necesidad.
“No debe ser generalizada, deben analizarse alternativas previas a la reclusión, como el brazalete electrónico. No se observan las normas internacionales sobre juicio justo, pero es algo que puede ser aplicable en los casos de feminicidio, si es necesario”.
El magistrado Pablo Héctor González Villalobos, del Tribunal Superior de Justicia de Chihuahua, aseguró que legislar para incorporar más preceptos en la prisión preventiva “es divorciar la justicia del derecho”.
José Antonio Caballero Juárez, profesor e investigador del Centro de Investigación y Docencia Económicas afirmó que la prisión preventiva oficiosa es un falso debate, porque los derechos de las víctimas no se oponen a la medida y, además, lo que oculta esa figura es un sistema indolente, negligente, corrupto y clasista.

